Coordinación de Personal

PRESENTACIÓN

La Coordinación de Personal adscrita a la Secretaria Administrativa del Centro Universitario de Ciencias Biológicas y Agropecuarias (CUCBA) de la Universidad de Guadalajara presenta esta página WEB como una necesidad de establecer la relación ausente entre el usuario y la administración del personal; además permitirá desarrollar una sistematización de las diversas áreas y tramites que componen esta coordinación para ejecutar proyectos y acciones con información fidedigna y oportuna con el uso de la tecnología, agrupar de forma organizada los diversos procedimientos y elementos del orden administrativo que facilitaran la solución de problemas en menor tiempo y costo, que al interior del Centro Universitario se adecuará y organizará la estructura de la Coordinación de Personal a los tiempos actuales y futuros, logrando una imagen y un reordenamiento funcional de las tareas.

Esta página WEB se presenta en la presente administración con la finalidad de edificar las tareas de la Coordinación de Personal en un marco de valores indispensables para nuestras acciones, de calidad, responsabilidad, comunicación, transparencia, confidencialidad, honestidad y ética con la finalidad de ser pertinentes en nuestras tareas.

Los elementos, procesos y procedimientos administrativos de la página estarán de forma permanente desde su inicio y se actualizarán con la finalidad de medir, cuantificar las acciones emprendidas para las mejoras que se impulsaran.

DEL ORIGEN DE LA COORDINACIÓN DE PERSONAL

En la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara, En el CAPÍTULO III, DE LOS RECTORES DE LOS CENTROS UNIVERSITARIOS, en el Artículo 55.

La Rectoría de Centro Universitario, para el auxilio de sus funciones, contará con una Secretaría Académica y una Secretaría Administrativa. Y las funciones que desempeñen las Secretarías Académica y Administrativa, se establecerán en el Estatuto General y en el Estatuto Orgánico del Centro.

En el Estatuto Orgánico de la Universidad de Guadalajara, DE LA RECTORÍA DE CENTRO en el Artículo 119. En los términos del artículo 53 de la Ley Orgánica, la representación del Centro Universitario y la función ejecutiva de su gobierno se deposita en un órgano unipersonal denominado Rectoría de Centro. Artículo 122. Para el mejor ejercicio de sus funciones, el Rector de Centro se auxiliará de un Secretario Académico y un Secretario Administrativo.

En el CAPÍTULO IV, DE LA SECRETARÍA ADMINISTRATIVA en el Artículo 127.

La Secretaría Administrativa del Centro Universitario es la dependencia auxiliar de la Rectoría del Centro Universitario en la coordinación de las actividades administrativas y financieras que sean de su competencia. Y en el Artículo 129. Quedarán adscritas a la Secretaría Administrativa del Centro Universitario las siguientes entidades:

I. Coordinación de Control Escolar: encargada de administrar los procesos de control de alumnos y egresados del Centro; coordinando, en los términos de la normatividad aplicable, los servicios de ingreso, reingreso, promoción, revalidación, separación, egreso y titulación de alumnos;

II. Coordinación de Finanzas: entidad encargada de la administración económica y financiera del Centro, de las operaciones de contabilidad y presupuesto, además de los pagos de nómina y el control interno administrativo y financiero;

III. Coordinación de Personal: entidad encargada de la administración de los recursos humanos, tanto académicos como administrativos del Centro, incluyendo sus procesos de ingreso, permanencia, promoción, capacitación y su separación;

IV. Coordinación de Servicios Generales: se encarga de administrar las funciones relativas al suministro, almacenamiento, mantenimiento, y reparación de las instalaciones, mobiliario y equipos adscritos al Centro; asimismo llevará el registro y control patrimonial del Centro, y

V.50 Unidad de Enseñanza Incorporada: se encarga de llevar a cabo las acciones establecidas en el artículo 11 del Reglamento de Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de la Universidad de Guadalajara.